El Jurado Electoral Especial (JEE) de Sánchez Carrión excluyó de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2018 a varios candidatos a regidores y alcaldes, tanto distrital como provincial en lo que corresponde a la provincia de Sánchez Carrión.
El primero en ser excluido por Resolución Nº 606-2018-JEE-SCAR/JNE es el candidato a alcalde provincial por “Súmate”, Santiago Tamayo Ramos, quien, de acuerdo al documento oficial publicado en la página web del Jurado Nacional de Elecciones, ha omitido información al consignar solo un bien inmueble en su hoja de vida, cuando en realidad según la consulta a SUNARP el candidato registra hasta 8 inmuebles a su nombre.
Parecido es el caso del candidato a la alcaldía distrital de Sanagorán, también por “Súmate”, Jorge Vargas Álvarez, quien solo declaró tres inmuebles en su hoja de vida y según SUNARP tiene hasta seis propiedades, quedando excluido por omisión de información como consta en la Resolución número 610 de la institución.
Leoncio Serin Chacón, candidato a la alcaldía distrital de Sarín por “Fuerza Popular”, consignó información errónea con respecto a su propiedad inmueble, ya que dio número de partida registral equivocada; pero además declaró en su hoja de vida solamente tres de los cinco vehículos que tiene a su nombre en Registros Públicos, quedando también excluido.
El contendiente de Serin al sillón municipal de Sarín, Faustino Guevara Vásquez de “Súmate”, fue también excluido por el JEE debido a que el fiscalizador encontró en la consulta en línea de SUNARP ocho bienes inmuebles declarados a su nombre, mientras que en su hoja de vida solo declaró dos.
La suerte de Tamayo salpicó a su lista de regidores. Daniel Carrión Cueva se equivocó al declarar sus tres propiedades inmuebles, además de solo haber declarado uno de sus dos vehículos. Sorayma Calderón Morillo solo declaró en su hoja de vida, una de tres propiedades inmuebles registradas en SUNARP.
Por último, quedó excluido también Agustín Vera Serin, candidato a regidor de Cochorco y también de “Súmate”, por consignar erróneamente la dirección de su propiedad en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo.
Cabe destacar que las resoluciones son en primera instancia y cada uno de los candidatos están en pleno de derecho de apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones en la ciudad de Lima.